Las Rebajas en 5 CLAVES

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FEACCU ADVIERTE QUE EN REBAJAS SÓLO PUEDEN OFERTARSE ARTÍCULOS DE TEMPORADA

 

1. Calendario de rebajas. Según la ley que las regula (la ley del comercio minorista), las ventas en rebajas podrán tener lugar en los periodos estacionales de mayor interés comercial según el criterio de cada comerciante. La duración de cada periodo de rebajas será decidida libremente por cada comerciante. (Esto es así desde 2012 cuando un Real Decreto terminó con las rebajas reguladas)

2. Hábitos del consumidor. En lo que respecta a las compras, se esperan pocos cambios: una vez más, el consumidor optará, en el 69% de sus compras en rebajas por los artículos de ropa y calzado. Complementos (12%) y mobiliario y electrónica (9%) son los otros sectores protagonistas de este periodo. Unas compras en la que prima el pago en efectivo (a pesar de que deben aceptarse las tarjetas) frente al “dinero de plástico”, si la compra se realiza en pequeño comercio. Además, continuará la tendencia al alza de las compras por Internet.

3. Sobre las reclamaciones, la venta de artículos de inferior calidad a los de temporada (fabricados exclusivamente para la venta en rebajas), la no admisión de tarjetas de crédito, cuando se admiten como pago el resto del año, la presentación conjunta de productos no rebajados de los que sí lo están y la omisión del precio anterior en las etiquetas, son las principales quejas de los consumidores durante los periodos de rebajas, según las reclamaciones que recibe la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU)

4. Distintos tipos de ventas con descuento y distintos derechos:

A pesar de estas confusiones, la normativa regula claramente este tipo de ventas y distingue entre promociones, liquidaciones y saldos.

Promoción: Son ventas en promoción u ofertas, aquellas que se realicen por precio inferior o en condiciones más favorables que las habituales con el fin de potenciar la venta de ciertos productos. Los productos no podrán estar deteriorados o ser de peor calidad que los mismos productos a precio normal.

Saldos: Es la venta de productos cuyo valor de mercado aparezca manifiestamente disminuido a causa del desperfecto, deterioro, desuso u obsolescencia de los mismos. Existe el “Deber de información”: deberán anunciarse como tal estas ventas y explicar en qué consiste el deterioro.

Liquidación: Es la venta con carácter excepcional cuya finalidad es extinguir determinadas existencias de productos, por alguno de los siguientes motivos: cese total o parcial de la actividad, cambio en el ramo de comercio, obras o traslados o cualquier otro motivo de fuerza mayor. La duración máxima será de tres meses (puede ser de un año, sólo en el caso de cese de negocio)

Rebajas: Ventas efectuadas por los comerciantes en determinadas épocas del año, generalmente los cambios de estación y de fin de temporada, con reducción de sus márgenes comerciales. Las reducciones de precio deben consignarse, exhibiendo, junto al precio habitual, el precio rebajado.

La ley permite que estos tipos de venta coexistan en el mismo establecimiento, siempre que se presenten de forma separada y convenientemente identificadas.

5. Y los consejos:

En la compra en Rebajas, el consumidor, si tiene en cuenta unas pautas elementales, puede beneficiarse al adquirir productos de plena temporada a precios interesantes. Para contribuir a ello esta organización ha puesto en marcha un año más, su campaña divulgativa para informar sobre los derechos del consumidor en este tipo de ventas:

  • Compruebe que los productos ofrecidos están efectivamente rebajados y tienen la misma calidad que los ofertados antes de las rebajas. Por supuesto, nunca podrán ser productos defectuosos (Las rebajas no son saldos), ni fabricados expresamente para estas ventas. Por tanto, le recomendamos que busque artículos que haya visto con anterioridad.
  • La ley obliga a mantener el precio anterior junto al rebajado. Y los productos en rebajas deben estar correctamente etiquetados. Como siempre, tiene derecho a una información completa y clara en precios y en etiquetas.
  • El comercio está obligado a admitir tarjetas de crédito si así ocurre en temporada normal, y los mismos medios de pago que el resto del año.
  • Además, el vendedor no podrá cobrar al cliente el porcentaje de cargo de las tarjetas de crédito.
  • Tenga en cuenta que en el comercio deben presentarse diferenciados los artículos rebajados de los que presentan un precio normal.
  • En rebajas, las mejores oportunidades se suelen encontrar en las grandes firmas y en los productos de calidad. Son artículos realmente de «temporada» que pueden ser ofrecidos hasta un 60% menos de precio habitual.
  • Compre conscientemente y no se deje llevar por reclamos: Puede ser útil preparar una lista con lo que necesita, asegúrese que lo que compra es útil para Vd., y no compre más cantidad (los 3-por-2) si no le va a ser rentable.
  • En cuanto a las devoluciones, se tiene derecho a la devolución de artículos en las mismas condiciones que en otras fechas. Sin embargo, si el artículo no presenta ningún defecto, la ley no obliga a los comercios a aceptar devoluciones. Los electrodomésticos tendrán que mantener las mismas condiciones de garantía y servicio postventa que en periodos normales.
  • Recuerde que tiene derecho a exigir un ticket de compra igual que en cualquier otra época de ventas, en el que figuren los datos del vendedor, el precio y el IVA. Solicítelo siempre. Es un documento imprescindible para poder realizar el cambio de la compra; y, sobre todo, para poder tramitar cualquier posible reclamación.
  • CEACCU le recuerda que, en definitiva, sus derechos, en ningún caso, pueden ser «rebajados».